NUEVA YORK -- A pocas semanas del regreso a clases o mientras millones de estudiantes ya volvieron oficialmente, el IRS recordó a los educadores que podrán deducir hasta $300 de gastos reembolsables del salón de clases para 2022 cuando presenten su declaración de impuestos federal sobre los ingresos el próximo año.
Esta es la primera vez que el límite anual aumenta desde que se promulgó la deducción de gastos de educación especial en 2002. Para los años tributarios 2002 a 2021, el límite fue de $250 por año. El límite aumentará en incrementos de $50 en años futuros en función de los ajustes por inflación.
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Para 2022, un educador que cumple los criterios puede deducir hasta $300 de gastos elegibles. Si está casado y presentan una declaración conjunta con otro educador calificado, el límite aumenta a $600. Pero en esta situación, no más de $300 por cada cónyuge.
¿QUIÉN CALIFICA?
Los educadores pueden reclamar esta deducción, incluso si toman la deducción estándar.
Los pedagogos que califican incluyen a cualquiera que sea maestro, instructor, consejero, director o ayudante de jardín de infantes hasta grado 12 en una escuela durante al menos 900 horas durante el año escolar. Tanto los educadores de escuelas públicas como los de escuelas privadas califican.
¿QUÉ SE PUEDE DEDUCIR?
Los educadores pueden deducir el costo no reembolsado de:
- Libros y otros materiales usados en el salón de clases.
- Equipos, incluidos equipos informáticos, software y servicios.
- Materiales de protección contra el COVID-19 para detener la propagación de la enfermedad en el salón de clases. Estos incluyen mascarillas, desinfectante para usar contra el COVID-19, jabón para las manos, desinfectante para las manos, guantes desechables, cinta adhesiva, pintura o tiza para orientar el distanciamiento físico, barreras físicas como plexiglás transparente, purificadores de aire y otros artículos recomendados por los Centros para Control y Prevención de Enfermedades.
- Cursos de desarrollo profesional relacionados con el plan de estudios que enseñan o con los estudiantes a los que enseñan. Pero el IRS advierte que, para estos gastos, puede ser más beneficioso reclamar otro beneficio tributario educativo, especialmente el crédito de aprendizaje de por vida. Para obtener detalles, consulte la Publicación 970, Beneficios tributarios para la educación (en inglés), en particular el Capítulo 3.
Los gastos calificados no incluyen el costo de la educación en el hogar o los suministros no deportivos para cursos de salud o educación física. Al igual que con todas las deducciones y créditos, el IRS les recuerda a los educadores que mantengan buenos archivos, incluidos recibos, cheques cancelados y otra documentación.
NOTA: Para aquellos que recibieron una prórroga de la declaración de impuestos o aún necesitan presentar una declaración de impuestos de 2021, el IRS le recuerda a cualquier educador que aún esté trabajando en su declaración de impuestos de 2021 que el límite de deducción es de $250. Si está casados y presenta una declaración conjunta con otro educador elegible, el límite aumenta a $500. Pero en esta situación, no más de $250 por cada cónyuge.
Los contribuyentes que solicitaron una prórroga para presentar una declaración precisa tienen hasta el 17 de octubre de 2022. Sin embargo, aquellos que tienen la información necesaria para presentar, deben hacerlo lo antes posible para evitar demoras en el procesamiento de su declaración. Se insta a los contribuyentes a usar la presentación electrónica cuando estén listos y evitar las prisas de última hora para presentar la declaración en la fecha de vencimiento.